Alimentos

Advertencia: 
el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías constituye un mecanismo universal que permite clasificar en 96 Capítulos todas las mercaderías susceptibles de ser importadas y exportadas; las que existen y, eventualmente, las que estén por existir. A su vez, este índice de materias se divide en 21 secciones que comprenden 1241 Partidas.

La clasificación de las mercaderías permite a los gobiernos de los países que han adoptado este Sistema la fijación de sus tarifas aduaneras y demás medidas conexas con la importación y la exportación.

Los técnicos de nuestra organización están en condiciones de encarar la correcta clasificación arancelaria de cualquier mercadería. El detalle que se propone a continuación es simplemente demostrativo de las operaciones que actualmente manejamos a través de la confianza y el mandato otorgados por nuestros clientes.

Más de 20 Capítulos del Sistema Armonizado está dedicados a los alimentos, incorporando a partir de lo más sencillo a lo más complejo productos del reino animal y vegetal hasta las preparaciones alimenticias diversas.

Los gobiernos de todos los países son cuidadosos respecto de la importación y exportación de alimentos bajo cualquier presentación.
Otras sustancias, comprendidas en otras secciones de la Nomenclatura, están sujetas a regulación cuando vayan a incorporarse a alimentos. Se trata por ejemplo de mejoradores enzimáticos, esencias saborizantes, sustancias odoríferas, etc.

La República Argentina controla el comercio exterior de los alimentos envasados través del ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) http://www.anmat.gov.ar/

Los productos animales frescos, enfriados o congelados, por ejemplo, carnes o pescados son controlados por el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Animal) http://www.senasa.gov.ar/.

Los vegetales sin envasar están a cargo del IASCAV (Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal)

Para importar alimentos envasados, la empresa, previamente registrada en la Dirección Nacional de Aduanas deberá obtener el RNE o Registro Nacional de Establecimiento. A su vez, cada producto que se introduzca al Territorio Aduanero Argentino exhibirá el RNPA o Registro Nacional de Producto Alimenticio.

La exportación de alimentos envasados exige comprometer en el Permiso de Embarque una declaración que asegure que la operación está en conocimiento del ANMAT, es decir, que aún las mercaderías que se exporten deberán contar con RNE y RNPA, salvo las muestras que son de libre exportación.